POLÍTICAS:

POLÍTICA POLÍTICA DE IGUALDAD DE GENERO Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS
“El patriarcado se empeña en excluirnos. Debemos resistir, en solidaridad y sororidad con las demás mujeres y con todos los damnificados por la discriminación y la opresión”
Michelle Bachelet,
La igualdad entre hombres y mujeres es ante todo, un derecho humano. El empoderamiento de la mujer es también una herramienta indispensable para promover el desarrollo y reducir la pobreza.
La igualdad de género figura en lugar destacado entre los principios de derechos humanos y valores que debe defender TRANSVENCEDORES SAS. La igualdad y la no discriminación son principios esenciales de la Carta de las Naciones Unidas, aprobada en 1945 por los dirigentes del mundo y hace parte de los derechos humanos.
Es por ello por lo que, dentro de las políticas de la empresa tiene vital importancia la POLÍTICA DE IGUALDAD DE GENERO Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS; y para la implementación de la política se priorizará los siguientes objetivos específicos:
- Asegurar que la perspectiva de igualdad y equidad de género, derechos y diversidad se integren sistemática e integralmente en todas las practicas políticas, programas y proyectos de TRANSVENCEDORES SAS; en la planificación, programación, formulación, ejecución y gestión de los recursos humanos de la empresa.
- Impulsar y llevar a cabo de manera continua y constantemente, iniciativas de comunicación, capacitación y sensibilización dirigidas al personal de TRANSVENCEDORES SAS a todos los niveles, requeridas para identificar y abordar la discriminación de género y fortalecer y empoderar sus capacidades para poder implementar de manera posible y efectiva esta POLÍTICA.
- Acelerar los esfuerzos para integrar un enfoque de género e la gestión de los derechos humanos, incluyendo la adopción de medidas especiales para lograr en lo posible, la paridad de género, reconocer y abordar la carga de trabajo remunerado entre hombres y mujeres parta garantizar y proteger los derechos derivados; reconocer y asegurar el derecho a igualdad de remuneración entre hombres y mujeres, incluyendo las de tipo pecuniario, en especies y prestacionales y tomar medidas necearías y efectivas para la incorporación, inclusión y no discriminación de las personas con orientaciones sexuales, identidades de genero y expresiones de genero diversas dentro de la compañía.
Esta política será de estricto e inmediato cumplimiento, al igual que se establecerán parámetros para su difusión y aplicación.
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